martes, 4 de diciembre de 2012

Cronograma de Sueldos Oficiales Estatales Noviembre 2012


Cronograma de Sueldos Oficiales Estatales Noviembre 2012
de Ministerio de Educación - Tucumán, el viernes, 30 de noviembre de 2012 a la(s) 13:36 

1° DIA DE DEPÓSITO: 03/12/2012
 
REP. - SUCURSAL
18 - CASA CENTRAL
25 - CASA CENTRAL
CASA CENTRAL
AGUILARES
BRS
BELLA VISTA
CIUDADELA
ALBERDI
9 DE JULIO
LOS RALOS
SIMOCA
TAFI VIEJO
26 - CASA CENTRAL
AGUILARES
BRS
CONCEPCION
LULES
TRANCAS
27 - CASA CENTRAL
CIUDADELA
CONCEPCION
ALBERDI
MONTEROS
SIMOCA
9 DE JULIO
 
 
2° DIA DE DEPÓSITO: 04/12/2012
 
REP. -  SUCURSAL
18
AGUILARES
9 DE JULIO
CIUDADELA
BELLA VISTA
SIMOCA
LOS RALOS
TAFI VIEJO
25
CONCEPCION
YERBA BUENA
URQUIZA
FAMAILLA
LULES
TAFI DEL VALLE
TRANCAS
MONTEROS
26
CIUDADELA
URQUIZA
TAFI DEL VALLE
FAMAILLA
ALBERDI
MONTEROS
TAFI VIEJO
 
3° DIA DE DEPÓSITO: 05/12/2012
 
REP. - SUCURSAL
18
BRS
URQUIZA
YERBA BUENA
LA RAMADA
LULES
TRANCAS
TAFI DEL VALLE
MONTEROS
CONCEPCION
ALBERDI
FAMAILLA
LA COCHA
25
LA COCHA

IMP. a las ganancias

Increméntase deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Segunda cuota Sueldo Anual Complementario Año 2012.



Bs. As., 14/11/2012



VISTO y CONSIDERANDO:



Que el inciso c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, establece el monto de la deducción anual en concepto de deducción especial computable para la determinación del citado gravamen correspondiente a personas físicas.



Que es política permanente del PODER EJECUTIVO NACIONAL instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional.



Que en este sentido, se considera conveniente establecer —de manera extraordinaria y por única vez— el incremento del importe de la deducción del inciso c) del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente al año 2012, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la citada Ley.



Que lo dispuesto precedentemente tendrá efectos exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2012, no supere la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000).



Que ello es posible, gracias a un responsable manejo de las finanzas del Estado Nacional, tanto respecto de sus ingresos como de sus gastos.



Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de la Ley Nº 26.731 y por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.



Por ello,



LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA



DECRETA:



Artículo 1° — Increméntase, respecto de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de dicha Ley, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario.



A efectos de obtener el importe neto, se deberán detraer del importe bruto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario los montos de aportes correspondientes al Sistema Integrado Previsional Argentino —o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras—, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Régimen Nacional de Obras Sociales y a cuotas sindicales ordinarias.



Art. 2° — Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario devengado en el año 2012 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2012, no supere la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000).



Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

reclamo calendario 2012


SE AMPLIO EL LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES




SE AMPLIO EL LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
 
El Comité Consultivo Permanente de Riesgos de Trabajo en su sesión plenaria del día de ayer, aprobó la incorporación al listado de enfermedades profesionales, de tres grupos de patologías de alta prevalencia en una gran cantidad de actividades laborales. La CTA estuvo representada por el compañero Claudio Marín.
Se trata de hernias inguinales mixtas y crurales, varices laterales y hernia discal lumbosacra. Se logró además bajar el tiempo de exposición del trabajador/a al riesgo a tres años y se incluyeron factores de riesgo para las várices que aún no estaban contemplados.
Este conjunto de enfermedades hasta ahora eran rechazadas como enfermedades profesionales, por lo cual esta inclusión amplía la cobertura de asistencia, rehabilitación y resarcimiento para los trabajadores/as que las padezcan.
El próximo paso es la adecuación del baremo de discapacidades para lo cual trabajarán las comisiones técnicas que en el caso de CTA integran el Dr. Héctor García y la Dra. Lilian Capone.
Cabe ratificar que esta resolución constituye un avance respecto de la cobertura de los riesgos de trabajo, que nos fortalece a la hora de continuar luchando por una reforma integral de la ley de riesgos de trabajo que tenga como objetivo principal el cuidado de la salud de los trabajadores a través de la prevención, la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo y el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad en los establecimientos laborales, con participación de los trabajadores en la prevención y contralor del efectivo cumplimiento de las normas.
 
 
Stella Maldonado
Secretaria General
CTERA


Estimad@ Docente:
                              Comparto con Ud. un documento recibido de CTERA, de la Secretaria General Stella Maldonado.
                              Atentamente.
Prof. Isabel Ruiz
Secretaria General APEM


CTERA SE RETIRA DE LA CAJA COMPLEMENTARIA
 
La Caja Complementaria  de las jubilaciones de los docentes nacionales ha tenido varios cambios en sus características y razón de ser luego de la transferencia de las escuelas nacionales a las provincias. En el caso de las escuelas privadas subsidiadas en su momento por el SNEP, generó un conflicto respecto del alcance del descuento a los docentes, que aún no se resuelve, con diversas opiniones e intervenciones diferentes de los actores involucrados; patronales privadas, sindicatos, estados provinciales.
CTERA ha definido que no avalará ningún dictamen que establezca la universalización del aporte de los docentes transferidos de las escuelas públicas, ni privadas.
Los objetivos estratégicos que CTERA se planteó en los últimos años respecto de la problemática previsional de los ex docentes nacionales, han sido obtenidos casi en su totalidad:
  • Recuperación de la Ley 24.016 – Jubilación con el 82% del salario al cese.
  • Movilidad jubilatoria atada al promedio de incremento salarial anual de los activos, dos veces al año.
  • Actualizaciones de los montos jubilatorios, retroactivos al momento de la firma del acuerdo, que significaron el cobro de importantes retroactividades para más de 120.000 compañeros/as.
 
Resta aún resolver casos individuales, que están gestándose desde cada uno de los sindicatos de base con el acompañamiento de la Junta Ejecutiva de CTERA.
Por todo ellos, la Junta Ejecutiva de CTERA se retirará a partir del mes de noviembre de 2012, del Consejo de Administración de la Caja Complementaria.
 
 
Stella Maldonado
Secretaria General
CTERA
Estimad@ Docente:

                             A.P.E.M. invita a la jornada de preceptores el dia 23/11/12  de 9 a 18 horas, en la sede gremial calle La Rioja Nº 259.

        En dicha jornada se tratara los Derechos y Deberes del Preceptor y contara con la autorizacion del Ministerio de Educacion .
 
       Inscripcion hasta el 15/11/12. en sede gremial o a traves de tu Delegado. Por más información llamar al tel. 0381-4305203.
                             Atentamente.
                                                

                                                               Prof. Isabel Ruiz
Secretaria General